{"id":6387,"date":"2026-05-20T12:44:30","date_gmt":"2026-05-20T15:44:30","guid":{"rendered":"https:\/\/radiokissnoticias.com.ar\/web\/?p=6387"},"modified":"2026-05-20T12:44:30","modified_gmt":"2026-05-20T15:44:30","slug":"ordenan-a-pami-y-salud-regularizar-pagos-a-prestadores-de-discapacidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radiokissnoticias.com.ar\/web\/2026\/05\/20\/ordenan-a-pami-y-salud-regularizar-pagos-a-prestadores-de-discapacidad\/","title":{"rendered":"Ordenan a PAMI y Salud regularizar pagos a prestadores de discapacidad"},"content":{"rendered":"<p>El juez federal de C\u00f3rdoba, Miguel Hugo Vaca Narvaja, dict\u00f3 una medida cautelar de alcance nacional. Le dio un plazo de 72 horas al Gobierno para que regularice la cadena de pagos.<a href=\"https:\/\/www.google.com\/preferences\/source?q=infobae.com\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\" aria-describedby=\"_r_0_\" aria-label=\"Agregar Infobae en Google\">\u00a0<\/a><\/p>\n<p>El juez Miguel Hugo Vaca Narvaja, a cargo del Juzgado Federal N\u00b0 3 de C\u00f3rdoba, dict\u00f3 este martes una medida cautelar contra el programa Incluir Salud -dependiente del Ministerio de Salud- y el PAMI, con la orden de normalizar la cadena de pagos a los prestadores que atienden a personas con discapacidad en las pr\u00f3ximas 72 horas.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n judicial se tom\u00f3 en el marco de un amparo colectivo que tiene alcance nacional y regir\u00e1 por seis meses o hasta que haya sentencia firme. En la causa, los demandantes denuncian que los prestadores no cobran lo que debe pagar el Estado, y por ende las terapias de ni\u00f1os, adultos mayores y personas con discapacidad se interrumpen y los medicamentos dejan de entregarse.<\/p>\n<p>El fallo del juez Vaca Narvaja tom\u00f3 como antecedente una sentencia del Juzgado Federal de Campana, que en diciembre declar\u00f3 inv\u00e1lido el art\u00edculo 2 del Decreto 681\/2025 y orden\u00f3 aplicar plenamente la Ley de Emergencia en Discapacidad.<\/p>\n<p>Ante la Justicia Federal de C\u00f3rdoba, distintos prestadores ratificaron que no est\u00e1n recibiendo los fondos que les corresponden. Por ejemplo, el Peque\u00f1o Cottolengo Don Orione denunci\u00f3 que las demoras le generaron $41.556.675,86 en intereses al fisco durante 2026, sumados a $14.429.407 pagados en 2025, adem\u00e1s de la interrupci\u00f3n en la entrega de medicamentos en febrero, marzo y abril.<\/p>\n<p>El Ministerio de Salud, a trav\u00e9s de la Subsecretar\u00eda de Pol\u00edticas de Acceso y Apoyos, brind\u00f3 explicaciones ante la Justicia y aleg\u00f3 un &#8220;reordenamiento estructural&#8221;.<\/p>\n<p>La versi\u00f3n del Ejecutivo indic\u00f3 que las demoras en los pagos responden a los tiempos naturales del proceso que lleva corregir &#8220;desv\u00edos acumulados&#8221; y &#8220;garantizar la sostenibilidad del sistema&#8221;.<\/p>\n<p>Por otro lado, est\u00e1 la transferencia el traspaso del programa Incluir Salud de la ANDIS al Ministerio de Salud oblig\u00f3 a &#8220;adoptar nuevos est\u00e1ndares de gesti\u00f3n&#8221;, lo que demor\u00f3 la tramitaci\u00f3n de los pagos.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, sostuvieron que las demoras no implicar\u00edan reducci\u00f3n de cobertura ni desatenci\u00f3n, sino que estar\u00edan en &#8220;pleno proceso de regularizaci\u00f3n&#8221;.<\/p>\n<p>A esto se suma el argumento central que us\u00f3 el Poder Ejecutivo Nacional desde el inicio del conflicto, y que la cautelar rese\u00f1a en sus antecedentes. Tanto el Decreto 534\/25 como el Decreto 681\/2025 fundaron la observaci\u00f3n primero y la suspensi\u00f3n despu\u00e9s en la necesidad de preservar el equilibrio fiscal, condicionando la ejecuci\u00f3n de la ley a que el Congreso determine las fuentes de su financiamiento.<\/p>\n<p>Entre sus fundamentos para dictar la cautelar, el juez Vaca Narvaja contrast\u00f3 los argumentos oficiales con una serie de hechos f\u00e1cticos como facturas impagas, intereses millonarios pagados al fisco por los prestadores, tratamientos suspendidos y medicamentos sin entregar durante tres meses.<\/p>\n<p>Las explicaciones t\u00e9cnicas sobre reordenamientos y transferencias no resultaron v\u00e1lidas para el criterio del magistrado.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n judicial destac\u00f3 que los atrasos en los pagos podr\u00edan generar interrupciones en los tratamientos y la cobertura de las prestaciones, lo que pondr\u00eda en riesgo la salud de las personas involucradas. El peligro en la demora se fundament\u00f3 en la naturaleza de los derechos en juego, ya que la interrupci\u00f3n de los tratamientos puede provocar retrocesos en el desarrollo integral de las personas con discapacidad.<\/p>\n<p>Es as\u00ed que el programa Incluir Salud y el PAMI, en un plazo de 72 horas, deber\u00e1n normalizar la cadena de pagos de las prestaciones previstas en la ley 24.901 para los titulares de pensiones no contributivas con Certificado \u00danico de Discapacidad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El juez federal de C\u00f3rdoba, Miguel Hugo Vaca Narvaja, dict\u00f3 una medida cautelar de alcance nacional. 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